Licencias de horario nocturno
HORARIO LABORAL: 20:00 A 6:00 H
Descanso semanal Los vehículos taxi aplicados a las licencias disfrutarán de un día de descanso semanal. El día de descanso viene determinado por el número en que termina la licencia.
| De lunes a viernes | | Día de descanso | Licencia finalizada en | | DOMINGO | 1, 2, 3 | | LUNES | 4. 5, 6 | | MARTES | 7, 8 | | MIÉRCOLES | 9, 0 | | Prestación del servicio para el período comprendido entre el 14 de julio y 31 de agosto, ambos inclusive - Decreto de gerencia del IMT de 2 de julio e 2008 | | Las licencias con horario nocturno podrán trabajar todos los días, excepto el festivo, desde del día 14 de julio hasta el 31 de agosto de 2008, ambos inclusive, en el horario siguiente: de 18:00 a 06:00 horas. |
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