Horario
Descanso semanal
Los vehículos aplicados a las licencias disfrutarán de dos días de descanso semanal. El primer día estará comprendido entre lunes y viernes. El segundo se realizará entre sábado y domingo. Los días de descanso vienen determinados por el número en que finaliza la licencia. Horario de descanso: se iniciará a las 06:00 horas del día asignado al efecto, y durará hasta las 06.00 del día siguiente. | De lunes a viernes | | Día de descanso | Licencia terminada en: | | LUNES | 1-2 | | MARTES | 3-4 | | MIÉRCOLES | 5-6 | | JUEVES | 7-8 | | VIERNES | 9-0 | | Fines de semana | | - | Sábado par Domingo par | Sábado impar Domingo impar | | DESCANSAN | 0, 2, 4, 6, 8 | 1, 3, 5, 7, 9 | | TRABAJAN | 1, 3, 5, 7, 9 | 0, 2, 4, 6, 8 | En el caso de coincidir que en un fin de semana, el sábado día 31 y el domingo día 1, ambos impares, el turno de descanso se realizará de la forma siguiente:
Sábado 31: descansarán las licencias impares y trabajarán las pares. Domingo 1: descansarán las licencias pares y trabajarán las impares. |